Gaceta-Oficial.- A partir de este 27 de
septiembre entra en vigor el descuento del Impuesto al Valor Agregado
(IVA), para las operaciones en medios electrónicos con el objetivo de estimular
este tipo de transacciones, en cumplimiento con el decreto 3085 publicado en Gaceta Oficial N° 41.239.
Importante recordar Artículo 1º las ventas de bienes
muebles y prestación de servicios efectuadas a personas naturales y jurídicas,
hasta por la cantidad de Dos Millones de Bolívares (Bs. 2.000.000,00), gozarán
de una rebaja del tres por ciento (3%) de la alícuota impositiva general del Impuesto
al Valor Agregado, siempre que tales ventas o prestaciones de servicios sean
pagadas solo a través de medios electrónicos, así mismo Artículo 2º señala que las ventas de bienes
muebles y prestación de servicios efectuadas a personas naturales y jurídicas,
cuyo monto sea superior a Dos Millones de Bolívares (Bs. 2.000.000,00), gozarán
de una rebaja del cinco por ciento (5%) de la alícuota impositiva general del
Impuesto al Valor Agregado, siempre que tales ventas o prestaciones de
servicios sean pagadas solo a través de medios electrónicos.
