ACTUALIZADO
Gaceta Oficial.- La plenaria de la Asamblea Nacional Constituyente aprobó este jueves el decreto derogatorio de ilícitos cambiarios (con rango valor y fuerza de ley), realizado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, y que busca "facilitar" el cambio de divisas.
El vicepresidente de Economía, Tareck El Aissami, expuso los dos primeros artículos de este decreto, los cuales se basan en los sistemas cambiarios en el mercado paralelo, los cuales “afectan la estructura de costo en el país”.
El primer decreto tendrá como propósito “respaldar los mecanismos actuales” y los grandes y pequeños comerciantes “tendrán las más amplias garantías para el desempeño de su participación en el desarrollo productivo del país”, explicó El Aissami.
Durante una sesión en ANC, su presidente Diosdado Cabello, indicó “Aprobada la Ley derogatoria del Régimen de Ilícitos Cambiarios, señor secretario agradezco que este proyecto sea enviado cuanto antes a la Gaceta Oficial para su publicación en la misma y que tenga vigencia en todo el territorio nacional
Por lo antes expuesto, se espera la próxima publicación de los decretos en gaceta oficial, los cuales podrán consultarlos en línea a través del sitio web www.gaceta-oficial.com
En Gaceta Oficial N° 41.452 del 02 de agosto de 2018 se establece la Derogatoria del Régimen Cambiario
Durante una sesión en ANC, su presidente Diosdado Cabello, indicó “Aprobada la Ley derogatoria del Régimen de Ilícitos Cambiarios, señor secretario agradezco que este proyecto sea enviado cuanto antes a la Gaceta Oficial para su publicación en la misma y que tenga vigencia en todo el territorio nacional
Por lo antes expuesto, se espera la próxima publicación de los decretos en gaceta oficial, los cuales podrán consultarlos en línea a través del sitio web www.gaceta-oficial.com
En Gaceta Oficial N° 41.452 del 02 de agosto de 2018 se establece la Derogatoria del Régimen Cambiario
Precisó que para el 20 de
agosto entraría en vigencia derogación de Ley de Ilícitos Cambiarios, de esta
manera el país quedaría facultado para dirigirse a la casas de cambio y hacer
cualquier operación de forma transparente, legal y segura.
Es importante acotar que el
artículo 218 de la Constitución establece: "Las leyes se derogan por otras
leyes y se abrogan por referendo, salvó las excepciones establecidas en esta
Constitución. Podrán ser reformadas total o parcialmente. La ley que sea objeto
de reforma parcial se publicará en un solo texto que incorpore las
modificaciones aprobadas".