Gaceta oficial Nº 41.095 14 de febrero de 2017
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 2.721, mediante el cual se establece la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario, se destinará un veinte por ciento (20%) a la concesión de créditos hipotecarios para la construcción, adquisición y autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda principal.
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